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Proponen en Chile prohibir contrataciones en periodos electorales

Actualizado: 2 abr

Mediante iniciativa legislativa que propone modificar la ley N° 18.695, orgánica constitucional de Municipalidades, se propone regular la provisión de cargos de planta en periodos previos y posteriores a una elección municipal y apunta a evitar prácticas que vulneran el principio de probidad en gobiernos locales.


El proyecto de ley, patrocinado por los diputados Héctor Barría, Félix Bugueño, Patricio Rosas, Jaime Sáez y Andrés Giordano, junto a las diputadas Catalina Pérez, Consuelo Veloso (A), Gael Yeomans y Ericka Ñanco plantea modificar la ley N° 18.695, orgánica constitucional de Municipalidades, para regular la provisión de cargos de planta en periodos previos y posteriores a una elección municipal.


Exponen los autores de la moción, que esta medida surge como respuesta a prácticas cuestionables detectadas en diversos municipios durante el proceso electoral de 2024.


La propuesta se fundamenta en el principio de probidad consagrado en la Constitución y en la necesidad de garantizar la transparencia en la administración pública local.


Según el proyecto: «Estas prácticas constituyen graves vulneraciones al principio de probidad. Este principio, esencial en la administración pública, exige que el Estado y sus instituciones estén al servicio de los ciudadanos, atendiendo con calidad, transparencia y honestidad las necesidades colectivas.»


Entre las situaciones que se busca evitar, se encuentran llamados a concurso en momentos estratégicos del período electoral; contrataciones a honorarios de candidatos con fines políticos; modificaciones en las condiciones laborales para beneficiar a funcionarios vinculados a alcaldes salientes


Los impulsores de la iniciativa argumentan que; «Por estas razones, resulta imperativo legislar en esta materia. Es necesario establecer límites claros a la contratación de personal municipal y a la modificación de las condiciones contractuales en los períodos pre y post electorales. Estas medidas buscan evitar conflictos de interés y garantizar que los funcionarios municipales actúen en estricto apego al interés público.»


De aprobarse, esta ley buscaría fortalecer la transparencia y el mérito en el acceso a cargos municipales, en línea con lo establecido en la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades.


En concreto, la iniciativa introduce en el artículo 41 de la Ley Nº18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, los siguientes incisos segundo y tercero, nuevos, del siguiente tenor:


“Se prohíbe realizar llamados a concurso para proveer cargos de funcionarios municipales durante el período comprendido entre los noventa días previos a una elección municipal y el término de los treinta días posteriores a la investidura de las nuevas autoridades electas. Esta disposición no aplicará en casos de vacantes indispensables para el funcionamiento esencial del municipio, previa autorización fundada del concejo municipal y con fiscalización de la Contraloría General de la República. Durante el período señalado en el inciso anterior, queda prohibida toda modificación en las condiciones contractuales de los funcionarios municipales, salvo en aquellos casos derivados de acuerdos previamente establecidos en instrumentos colectivos vigentes.”


La iniciativa, que cumple primer trámite constitucional, pasó a la Comisión de Gobierno Interior, Nacionalidad, Ciudadanía y Regionalización de la Cámara de Diputadas y Diputados.


Con información de Diario Constitucional.

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